
Daños
Personales:
Después de un accidente hay que acudir siempre
a un hospital. Aunque usted no lo aprecie en un primer
momento, existe la posibilidad de que haya lesiones
internas de mayor o menor gravedad. De este modo se
podrá acreditar el origen de las lesiones para
su posterior valoración médica y la RECLAMACION.
Daños
Materiales:
Los daños materiales de su vehículo deberán
ser reparados por su compañía de seguros
o la del vehículo contrario. Recuerde que tiene
un plazo de 7 días para presentar parte a su
compañía de seguros. El plazo de reclamación
de estos daños es de un año.
CONDUCTOR
- Siempre que no sea responsable del accidente.
- En caso de que sea responsable, habrá que estudiar
cada caso de forma particular, teniendo en cuenta las condiciones
de su póliza de seguro del automóvil y valorar
si, con las lesiones sufridas, puede solicitar una indemnización.
OCUPANTE
Siempre. Es indiferente si el responsable del siniestro es el vehículo en el que circula, el contrario o ha sido un accidente sin otro vehículo implicado (ej. salida de la vía)
PEATON
Siempre, con algunas reservas. No importa si cruza por lugar habilitado para peatones o no.
¿El pasajero tiene derecho a indemnización?
Si usted iba de PASAJERO en un coche o moto y tuvo un accidente, SIEMPRE tiene usted derecho a una indemnización.
RECUERDE:
Las lesiones se indemnizan EN TODO CASO
(para CONDUCTOR, OCUPANTE o peatón), salvo que se deban
a CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA.

Vía rápida
accidentados y asegurados. C/ Francisco Tomas y Valiente 3A-1ºC
39011
Santander - Cantabria Telf: 942 072 300
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